


Las personas morales tienen hasta el 3 de abril para presentar su declaración anual, por ello en esta infografía podrás encontrar los puntos básicos para cumplir con esa obligación tributaria.

Las cuotas fijas bimestrales vigentes en el Estado de Michoacán durante los ejercicios del 2010 hasta el 2013, para quienes tributaban el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) violentan el principio de principio de proporcionalidad tributaria, porque impusieron el pago de una cuota bimestral de 267 pesos a los contribuyentes que tuvieran cero pesos de ingresos, pues no se atendió a la verdadera capacidad contributiva de los pagadores de impuestos, además de ser contrario a los hechos imponibles previstos en la LISR, LIETU (norma abrogada) y LIVA.

Según el artículo 23 del CFF, los contribuyentes pueden cubrir las contribuciones a su cargo, a través de la aplicación de un saldo a favor con el que cuenten. A esto se le conoce como compensación.

Que no te sorprendan, entérate de los ajustes a que operarán el siguiente año en este ordenamiento

Como se sabe recientemente la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo en revisión 746/2016; en donde concedió el amparo a los quejosos respecto del artículo 31-A del CFF, al considerar que se vulneraron las garantías de legalidad y seguridad jurídica.

A pesar de los choques adversos, la economía mexicana crece de forma sistemática y continua

Este 20 de octubre la Cámara de Diputados aprobó diversas modificaciones a la LIVA, las cuales de ser aprobadas por los senadores serían aplicables a partir de 2017.

Agotar opciones para estimular la inversión, el empleo, el poder adquisitivo y evitar impuestos o medidas que desaceleren el crecimiento, pide el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) al Congreso para la Ley de Ingresos 2017.
