
Conoce el criterio del Pleno de la SCJN respecto de la aplicación de la exención del IVA sobre la enajenación de casa habitación IDCONLINE Por: Berenice Chávez El artículo 9, fracción II de la LIVA precisa que no se pagará el impuesto en la enajenación de los siguientes bienes: “construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación. Cuando solo parte de las construcciones se utilicen o destinen a casa habitación, no se pagará el impuesto por dicha parte. Los hoteles no quedan comprendidos en esta fracción.” Al respecto el artículo 29 del RLIVA señala que para los efectos…